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Hi ha moltes Societats del Coneixement possibles. Aquí apostem per una d’oberta i lliure.

Diferencias entre las ayudas a la investigación y al cine (via Tall & Cute)

El “model social de gestió cultural” que cal seguir és el de la ciència, no el de la industria de l’oci. Algunes diferencies i reflexions interessants.

Font: http://tallcute.wordpress.com/2009/12/10/diferencias-entre-las-ayudas-a-la-investigacion-y-al-cine/

Diferencias entre las ayudas a la investigación y al cine Últimamente muchos autores se están quejando de su indefensión frente a lo que ellos llaman piratería. Un colectivo muy particular es el de los guionistas, productores y directores de cine español que, pese a recibir subvenciones públicas y a que prácticamente nadie se descarga sus películas, se cree especialmente afectado. Aquí os dejo una algunas comparaciones entre las subvenciones y ayudas públicas que se destinan a investigación y las que se … Read More

via Tall & Cute

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No al tancament de webs. Manifest contra a la “Llei Sinde”

Uneix-te a la causa, uneix-te al moviment.

Clica per anar a la pagina central de la campanya

 

www.noalcierredewebs.com

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Manifiesto por una Red Neutral (passa-ho!)

(Si te sientes cómodo y representado por este texto, dale toda la difusión que puedas y quieras: reprodúcelo, enlázalo, tradúcelo, compártelo, vótalo… todas esas cosas que puedes hacer con total tranquilidad y libertad gracias, precisamente, al hecho de que tenemos todavía una red neutral. Hagamos posible el seguir teniéndola)

Los ciudadanos y las empresas usuarias de Internet adheridas a este texto MANIFESTAMOS:

  1. Que Internet es una Red Neutral por diseño, desde su creación hasta su actual implementación, en la que la información fluye de manera libre, sin discriminación alguna en función de origen, destino, protocolo o contenido.
  2. Que las empresas, emprendedores y usuarios de Internet han podido crear servicios y productos en esa Red Neutral sin necesidad de autorizaciones ni acuerdos previos, dando lugar a una barrera de entrada prácticamente inexistente que ha permitido la explosión creativa, de innovación y de servicios que define el estado de la red actual.
  3. Que todos los usuarios, emprendedores y empresas de Internet han podido definir y ofrecer sus servicios en condiciones de igualdad llevando el concepto de la libre competencia hasta extremos nunca antes conocidos.
  4. Que Internet es el vehículo de libre expresión, libre información y desarrollo social más importante con el que cuentan ciudadanos y empresas. Su naturaleza no debe ser puesta en riesgo bajo ningún concepto.
  5. Que para posibilitar esa Red Neutral las operadoras deben transportar paquetes de datos de manera neutral sin erigirse en “aduaneros” del tráfico y sin favorecer o perjudicar a unos contenidos por encima de otros.
  6. Que la gestión del tráfico en situaciones puntuales y excepcionales de saturación de las redes debe acometerse de forma transparente, de acuerdo a criterios homogéneos de interés público y no discriminatorios ni comerciales.
  7. Que dicha restricción excepcional del tráfico por parte de las operadoras no puede convertirse en una alternativa sostenida a la inversión en redes.
  8. Que dicha Red Neutral se ve amenazada por operadoras interesadas en llegar a acuerdos comerciales por los que se privilegie o degrade el contenido según su relación comercial con la operadora.
  9. Que algunos operadores del mercado quieren “redefinir” la Red Neutral para manejarla de acuerdo con sus intereses, y esa pretensión debe ser evitada; la definición de las reglas fundamentales del funcionamiento de Internet debe basarse en el interés de quienes la usan, no de quienes la proveen.
  10. Que la respuesta ante esta amenaza para la red no puede ser la inacción: no hacer nada equivale a permitir que intereses privados puedan de facto llevar a cabo prácticas que afectan a las libertades fundamentales de los ciudadanos y la capacidad de las empresas para competir en igualdad de condiciones.
  11. Que es preciso y urgente instar al Gobierno a proteger de manera clara e inequívoca la Red Neutral, con el fin de proteger el valor de Internet de cara al desarrollo de una economía más productiva, moderna, eficiente y libre de injerencias e intromisiones indebidas. Para ello es preciso que cualquier moción que se apruebe vincule de manera indisoluble la definición de Red Neutral en el contenido de la futura ley que se promueve, y no condicione su aplicación a cuestiones que poco tienen que ver con ésta.

La Red Neutral es un concepto claro y definido en el ámbito académico, donde no suscita debate: los ciudadanos y las empresas tienen derecho a que el tráfico de datos recibido o generado no sea manipulado, tergiversado, impedido, desviado, priorizado o retrasado en función del tipo de contenido, del protocolo o aplicación utilizado, del origen o destino de la comunicación ni de cualquier otra consideración ajena a la de su propia voluntad. Ese tráfico se tratará como una comunicación privada y exclusivamente bajo mandato judicial podrá ser espiado, trazado, archivado o analizado en su contenido, como correspondencia privada que es en realidad.

Europa, y España en particular, se encuentran en medio de una crisis económica tan importante que obligará al cambio radical de su modelo productivo, y a un mejor aprovechamiento de la creatividad de sus ciudadanos. La Red Neutral es crucial a la hora de preservar un ecosistema que favorezca la competencia e innovación para la creación de los innumerables productos y servicios que quedan por inventar y descubrir. La capacidad de trabajar en red, de manera colaborativa, y en mercados conectados, afectará a todos los sectores y todas las empresas de nuestro país, lo que convierte a Internet en un factor clave actual y futuro en nuestro desarrollo económico y social, determinando en gran medida el nivel de competitividad del país. De ahí nuestra profunda preocupación por la preservación de la Red Neutral. Por eso instamos con urgencia al Gobierno español a ser proactivo en el contexto europeo y a legislar de manera clara e inequívoca en ese sentido.

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Ens veiem al Mozilla Drumbeat Festival [1]. Barcelona, FAD i MACBA, 3 a 6 de Novembre

Des de fa uns mesos, tinc l’honor de col·laborar en l’organització d’aquest esdeveniment:

Drumbeat Learning, Freedom and the Web Festival    http://www.drumbeat.org/festival

Que és? Doncs fer “bullir l’olla” amb tot de projectes de diferents àmbits temàtics, tecnològics i geogràfics (principalment del mòn anglosaxó) amb una filosofia comuna: defensar una visió oberta de internet i del mòn digital. Com es diu a la pàgina del programa:

El Festival Drumbeat funcionarà exactament així. Tindrem tota mena d’espais on podreu ensenyar i aprendre — estudis, laboratoris, llocs d’esbarjo, aules i, fins i tot, unes quantes tendes a l’aire lliure. Cada espai proporcionarà un lloc on submergir-s’hi i posar-se mans a la feina amb algunes de les idees més interessants en la intersecció de l’aprenentatge, el web i la llibertat.

Es un festival de tallers i activitats, no unes jornades oconferencies de xerrades,sino de fer coses amb tecnologies digitals, i ensenyar-les a fer, a l’entorn de l’aprenentatge i la web oberta. Pero quines coses. Doncs aquí el llistat (under construction fins a darrera hora) d’activitats als diferents espais:

https://wiki.mozilla.org/Drumbeat/events/Festival/program/activities

Per acabar, afegir sols que un dels projectes locals (d’aquí, de Catalunya) “estrella” del festival serà un dels altres projectes als que col·laboro: la xarxa oberta guifi.net. Des de guifi.net farem dos coses:

#  Muntar la infrastructura wifi per a dotar de xarxa al festival al carrer, a la plaça Angels, entre el FAD i el MACBA, on hi haurà alguns dels espais del festival. Un festival de la Internet lliure ha de tenir comunicacions lliures ¿no?   😉

# Desenvolupar algunes activitats al festival: muntar nodes wifi mòbils, ensenyar a flashejar routers per a fer nodes wifi per portar internet allí on vulguis, etc… (està per definir)

Seguirem informant,

Corre la veu: 10 dies de llibertat i Internet a Barcelona: OXcars, FCForum, i Drumbeat Festival!

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Guifi-labs al Citilab – 1 de Juny – 19-21 hores | guifi.net

Guifi-labs al Citilab – 1 de Juny – 19-21 hores | guifi.net.

Ets nou a guifi.net i vols veure de que va això? Vols muntar un node i no saps com?

Tens un node i vols que algú t’expliqui alguna cosa?

En saps un pou de la tecnologia guifi.net i pots ajudar als novells?

O, simplement, tens curiositat? Vols donar suport a l’expansió de guifi.net a la zona?

Doncs vine!. Propera cita, i mes informació a: http://guifi.net/node/29696

Vine i ens veiem! 🙂

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Aturem ACTA (Acord Comercial contra les ¿falsificacions?)

Qui son una colla de multinacionals i uns quants governs de països desenvolupats per negociar en secret, un acord per limitar i protegir la propietat intel·lectual [1] segons el seu (interessat) i poc neutral criteri???

Mes info:

Intent de ressolució del parlament europeu per a que es facin publics els documents de la negociació.

Alguns videos sobre ACTA

Una breu explicació del que pot suposar ACTA i els motius per oposar-s’hi.

Mes info:

http://www.hacktivistas.org

http://www.redsostenible.es


[1] De fet, estic bastant d’acord amb Richard Stallman i la FSF Foundation de que NO hem d’usar el concepte “Propietat Intel·lectual“, que és una invenció política interessada

Share it!, Spread iT!, Buzz it!  (o sigui, escampa-ho!):

http://www.stopacta.info/about

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Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en internet”

Aquest bloc es subscribeix al següent manifest:

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial – un organismo dependiente del ministerio de Cultura -, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.

También puedes firmar la petición en:

http://www.petitiononline.com/ed021209/petition.html

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URGENT: Escriu al teu parlamentari europeu per a que no es permeti bloquejar als usuaris de Internet

Donem suport a aquesta campanya urgent (tenim temps fins el 5 de Maig!):

“Blackout Europe. Defending people’s internet”

Don’t let the EU parliament lock up the Internet! It will be no way back!

Motiu de l’acció de pressió als parlamentaris euopeus: el 5 de Maig sembla que es vol votar una ressolució que permeti a les teleoperadores bloquejar a usuaris, bloquejar l’accès a determinats webs, contnguts… A radere hi ha la lluita contra el P2P, entre altres coses.

Els europarlamentaris ara estaran mes receptius a les pressions de  la comunitat internauta, ja que en poques setmanes hi ha eleccions… 😉

Tallo-i-enganxo el qu trobaràs al blog de coordinació de la campanya de la Opennet Coalition:

Act now!Tomorrow is too late!

WE CAN DO SOMETHING ABOUT – WE HAVE VOTED THEM – TELL THE PARLIAMENT TO VOTE NO!

Internet access is not conditional

Everyone who owns a website has an interest in defending the free use of Internet… so has everyone who uses Google or Skype… everyone who expresses their opinions freely, does research of any kind, whether for personal health problems or academic study … everyone who shops online…who dates online…socializes online… listens to music…watches video…

[Més informació…]

Institucions organitzades en la Opennet Coalition, que promouen aquesta campanya:

-La Quadrature du Net
ScambioEtico
-Free Knowledge Institute
-P2P Foundation
-eXgae (esp)
-Istituto per le Politiche dell’Innovazione
-I SOC-ECC
-Ireland Offline
-Hispalinux (esp)
-Arbeitskreis Vorratsdatenspeicherung
-Asociacion de Internautas (esp)
-IT-Political Association of Denmark
-EDRI
-Open Rights Group
-FFII

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OPEN LETTER TO THE EUROPEAN PARLIAMENT. PASSA-HO!

OPEN LETTER TO THE EUROPEAN PARLIAMENT

Dear Member of the European Parliament,

We wish to express our deepest concerns about the future of the Internet in Europe with regard to the latest amendments to the Telecoms Package, which is at this time in the final phase of its Second Reading stage. Several harmful amendments to the Telecoms Package have been adopted on March 31st, in the IMCO Committee of the European Parliament. Most of these amendments weaken or render void any protection to consumers, allow practices which are detrimental to the fundamental rights of the citizens, and give wide and discretionary powers to telecommunication companies.

Amendments relating to traffic network discrimination which allow Internet providers to filter contents and applications and to give priority to certain services, whilst blocking others. The consequences will be catastrophic for citizens’ freedom and for Internet based innovation. Any business operator on the Internet will have no longer the certainty of reaching all of the web surfers of Europe. Conversely, every Internet user will see only the portion of the Web which the provider will allow access to.

Open and non-discriminatory access, which has always been the basis for the growth of the Internet, is threatened by American telecommunications companies AT&T and Verizon, which have pushed a series of amendments. These amendments will create a permanent state of bandwidth scarcity and allow companies to prioritize certain contents, applications and services over others. They will also discourage investments in network infrastructure, preventing competition and innovation. This will seriously threaten fundamental freedom of speech. What’s more, as EU Observer stated (http://euobserver.com/19/27859):

“US President Barack Obama made net neutrality a key issue while on the campaign trail, and at the beginning of March appointed Julius Genachowski, a strong backer of net neutrality, as the country’s top telecommunications regulator. The big US telcos see the writing on the wall, and so the battlefield has shifted across the Atlantic.”

The AT&T amendments have been pushed, at the very least, without regard to their potential to slow innovation in Europe, and to put it at a disadvantage to the USA. The European internal market, which is based significantly on the Internet, will no longer have the benefits of an open and non discriminatory Internet. Yet, those very benefits will still be available to all other countries outside the EU.

In the time of a serious economic crisis, the risk is that the gap between Europe and USA will be artificially created, slowing down the core of the electronic telecommunication infrastructure.

It is our understanding that the European Parliament has not been correctly informed, if even perhaps misinformed, about the aforementioned risks which have emerged more clearly after the stage of first reading.

Already, on the 3rd of April the largest German mobile telecommunication company announced they are blocking Skype, even though Skype is both a key application for voice communication on the Internet and is known to consume a small amount of bandwidth. Therefore it is obvious the decision was not based on any real need of traffic management or Quality of Service.

It shows that traffic management policies and Quality of Service can be used as an excuse to block specific applications. It also demonstrates that purely depending on competition among telecommunication companies is a crude mechanism to guarantee an open Net and emphasizes the necessity for the Universal Service Directive, that guarantees to citizens, business companies and Internet operators unlimited access to services, applications and protocols on the Internet.

Thus, we implore you to consider the matter carefully, since the whole future of the Internet in Europe, and therefore one key element of future European social and economical prosperity, is at stake now.

We cordially invite you to examine the following independent analysis related to the amended articles of Universal Service Directive, Framework Directive and Authorisation Directive, by Monica Horten, PhD researcher in European Communication Policy at University of Westminster, Communication and Media Research Institute.

http://www.iptegrity.com/index.php?option=com_content&task=view&id=302&Itemid=9
http://www.iptegrity.com/index.php?option=com_content&task=view&id=304&Itemid=9

We hope that you will defend citizens’ fundamental rights and the future economic prosperity of the European market project which is based around fundamental Internet freedoms

Within our coalition we have experts in areas relevant to the Internet and citizens’ rights including filtering, network technologies, digital rights management, privacy and data protection, policy, law, media and software.

The undersigned groups and individuals represent thousands of European citizens and Internet users, in nearly all EU Member States.

P2P Foundation Michel Bawens and Celia Blanco

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Open Knowledge Conference (OKCon 2009): Calls for Proposals

OKCon 2009: Calls for Proposals

To propose a presentation or workshop at OKCon please:

  • EITHER: put the details on the OKCon 2009 CFP wiki page

  • OR: email us direct at info [at] okfn [dot] org with a title and a few details.

Subject Matter

We’re very ‘open’ regarding subject matter. Anything related to open knowledge is good be it a new (or even old) tool, site, service, dataset, theoretical or empirical research etc etc.

Format

  • Presentations slots will usually be around 10 minutes (maximum 15). If you require longer than this please say (and say why)
  • A/V equipment should be available (so you can show slides etc)

Proposals for whole sessions or workshops are also welcome but should include appropriate detail either of the presentations contained within the session or of the contents of the workshop etc.

Notification and Scheduling

In general we try to ensure that everyone who wants to present will be able to do so. However, given the time constraints we cannot guarantee this.

We should let you know by the second week of March if there are any issues with fitting in your proposal. We plan to finalize the schedule the week before the event.

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El dret a un Canal de Comunicació d’Accés i d’Abast Universals i Simètric [Roger Baig Viñas, guifi.net]

El meu bon colega, professor de Linux i introductor al mòn guifi.net i el wi-fi obert, Roger Baig,  està escrivint un article sobre telecomuniccions i drets humans (en fase de borrador) a la societat actual. Article fet en el marc d’un llibre sobre “drets humans emergents” del Campus per la Pau de la UOC.

Aquest n’és el resum:

Resum
Les Tecnologies de la Informació i de la Comunicació han posat a l’abast de la Humanitat la tecnologia necessària per a fer realitat allò que fins fa ben poc hauria estat vist només com una quimera: la possibilitat de construir un canal de comunicació d’accés i d’abast universal en el qual s’hi pot garantir la igualtat d’oportunitats, tant pel que fa a l’aportació de continguts, com pel que fa a la seva recepció. Un canal d’aquestes característiques és totalment imprescindible, si es vol que alguns dels Drets Humans, com ara el dret d’expressió, esdevinguin realment efectius. El reconeixement del dret irrenunciable a tota persona humana a l’accés a un Canal de Comunicació d’Accés Universals i Simètric implica la necessitat de construir-lo i de fer-lo arribar a tothom ara que tecnològicament és possible. La Xarxa Oberta és una iniciativa ciutadana reeixida per construir-ne un. En aquest article fa un repàs sobre la història, l’estat actual i les reivindicacions d’aquesta iniciativa.

[El dret a un Canal de Comunicació d’Accés i d’Abast Universals i Simètric [Roger Baig Viñas, guifi.net]

Un interessant exercici per a l’actual debat sobre la necessària revisió de la declaració universal dels drets humans, creada als anys 40. Si les telecomunicacions són una palanca multiplicadora de benestar social, sobretot arran del deu caire de canal d’accès al coneixement i, properament, d’accès a determeniats serveis (ex: tele-assistència mèdica per exemple), vol dir que també sòn una palanca multiplicadora de desigualtats socials, com vaig argumentar en un fil de debat del II Congres Online de l’Observatori per la Cibersocietat. De fet, allí hi parlava del concepte de “republicanisme digital” com a aquell ideari politic que es preocupa de la llibertat i la igualtat mediades per les TICS. I un medi d’acció, un principi, és inclore les tics, sobretot l’accès a elles, com un dret bàsic universal ja, en la justa i raonable mesura. Obviament no és algo que es pugui aconseguri en quatre anys, però és que la declaració és un objectiu moral, no un programa politic.

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Pla Avanza2 i FICOD08 [Hispalinux, desembre 2008]

Aquesta nota de Hispalinux conté una bona reopilació de la legislació aprovada i en vigor que facilitaun mòn digital obert i lliure. És una eina legal, doncs, per a pressionar als governs per a que, almenys, no violin la llei en aquetsts aspectes…

“Los más Avanza2”

Durante los últimos años España ha desarrollado un conjunto de leyes y normativas que la han situado en una posición excepcional para dar el salto a la sociedad del conocimiento libre de todos y para todos.

LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. (BOE n. 150 de 23/6/2007):

  • CAPÍTULO III: Reutilización de aplicaciones y transferencia de tecnologías.
    • Artículo 45: Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración.
      1. Las administraciones titulares de los derechos de propiedad intelectual de aplicaciones, desarrolladas por sus servicios o cuyo desarrollo haya sido objeto de contratación, podrán ponerlas a disposición de cualquier Administración sin contraprestación y sin necesidad de convenio.
      2. Las aplicaciones a las que se refiere el apartado anterior podrán ser declaradas como de fuentes abiertas, cuando de ello se derive una mayor transparencia en el funcionamiento de la Administración Pública o se fomente la incorporación de los ciudadanos a la Sociedad de la información.
    • Artículo 46: Transferencia de tecnología entre Administraciones.
      1. Las Administraciones Públicas mantendrán directorios actualizados de aplicaciones para su libre reutilización, especialmente en aquellos campos de especial interés para el desarrollo de la administración electrónica y de conformidad con lo que al respecto se establezca en el Esquema Nacional de Interoperabilidad.
      2. La Administración General del Estado, a través de un centro para la transferencia de la tecnología, mantendrá un directorio general de aplicaciones para su reutilización, prestará asistencia técnica para la libre reutilización de aplicaciones e impulsará el desarrollo de aplicaciones, formatos y estándares comunes de especial interés para el desarrollo de la administración electrónica en el marco de los esquemas nacionales de interoperabilidad y seguridad.

LEY 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información. (BOE n. 312 de 29/12/2007):

  • Disposición adicional decimocuarta: Transferencia tecnológica a la sociedad.
    • El Centro Nacional de Referencia de Aplicación de las Tecnologías de Información y Comunicación (CENATIC), en colaboración con los centros autonómicos de referencia y con el Centro de Transferencia de Tecnología entre Administraciones Públicas de la Administración General del Estado, se encargara de la puesta en valor y difusión entre entidades privadas y la ciudadanía en general, de todas aquellas aplicaciones que sean declaradas de fuentes abiertas por las administraciones públicas, haciendo llegar a los autores o comunidades de desarrollo cualquier mejora o aportación que sea realizada sobre las mismas.
    • Asimismo, el CENATIC se encargará del asesoramiento general sobre los aspectos jurídicos, tecnológicos y metodológicos más adecuados para la liberación del software y conocimiento.
  • Disposición adicional decimosexta: Contenidos digitales de titularidad pública para su puesta a disposición de la sociedad.
    • Siempre que por su naturaleza no perjudique al normal funcionamiento de la Administración, ni afecte al interés público o al interés general, los contenidos digitales o digitalizados de que dispongan las Administraciones Públicas, cuyos derechos de propiedad intelectual le pertenezcan sin restricciones o sean de dominio público, serán puestos a disposición del público, en los términos legalmente establecidos, de forma telemática sin restricciones tecnológicas, para su uso consistente en el estudio, copia o redistribución, siempre que las obras utilizadas de acuerdo con lo anteriormente señalado citen al autor y se distribuyan en los mismos términos.
  • Disposición adicional decimoséptima: Cesión de contenidos para su puesta a disposición de la sociedad.
    • Las personas físicas o jurídicas podrán ceder sus derechos de explotación sobre obras para que una copia digitalizada de las mismas pueda ser puesta a disposición del público de forma telemática, sin restricciones tecnológicas o metodológicas, y libres para ser usado con cualquier propósito, estudiados, copiados, modificados y redistribuidos, siempre que las obras derivadas se distribuyan en los mismos términos.

LEY 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público. (BOE n. 276 de 17/11/2007):

  • PREÁMBULO:
    • La información generada desde las instancias públicas, con la potencialidad que le otorga el desarrollo de la sociedad de la información, posee un gran interés para las empresas a la hora de operar en sus ámbitos de actuación, contribuir al crecimiento económico y la creación de empleo, y para los ciudadanos como elemento de transparencia y guía para la participación democrática.

LEY 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. (BOE n. 162 de 8/7/2006):

  • Disposición adicional tercera: Fomento de la difusión de obras digitales.
    • El Gobierno favorecerá la creación de espacios de utilidad pública y para todos, que contendrán obras que se hallen en dominio público en formato digital y aquellas otras que sean de titularidad pública susceptibles de ser incorporadas en dicho régimen, prestando particular atención a la diversidad cultural española. Estos espacios serán preferentemente de acceso gratuito y de libre acceso por sistemas telemáticos, mediante estándares de libre uso y universalmente disponibles.
    • Asimismo, a estos espacios podrán incorporarse las obras cuyos autores así lo manifiesten expresamente.

En la reciente Foro Internacional de Contenidos Digitales (FICOD08) fué premiado el sistema de gestión de derechos de autor ColorIURIS por ser capaz de resolver la autogestión y cesión de derechos de autor en línea ajustandose simultaneamente al marco jurídico continental y anglosajón, a partir del artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y con respeto al Convenio de Berna, los Tratados Internet de la O.M.P.I. de 1996, la normativa de U.E. y la legislación nacional de los respectivos Estados.

Hispalinux considera que el plan Avanza2 puede ser determinante para la superación de la crisis si ejecuta las leyes dictadas por las Cortes y pone a libre disposición de los ciudadanos y empresas todos los programas informáticos y contenidos digitales propiedad de las instituciones públicas para que puedan ser usados, copiados, modificados y redistribuidos, con o sin modificaciones siempre que la obra derivada se distribuya en estos mismos términos tal como establece la Licencia Pública de la Unión Europea (EUPL) (COLORIURIS Azul).

La transferencia tecnológica en estas condiciones, además de ser un acto de justicia social en su propia naturaleza dado que todos los ciudadanos hemos sufragado esas tecnologías y contenidos a través del pago de nuestros impuestos, supone uno de los mejores instrumentos para realizar una inyección de competitividad en las empresas del sector productivo ya que estas acceden (en igualdad de condiciones con respecto a otras de su mismo sector) a una gran cantidad de herramientas TIC de calidad a un precio asequible mitigando la fuga de capital a través del pago de licencias. A su vez, permite estimular el sector tecnológico y capacitar a las PyMEs tecnológicas para acometer los próximos retos de la innovación tecnológica y de la modernización socioeconómica que la sociedad del conocimiento libre, de todos y para todos, pone ante nosotros.

El hecho de que haya un impulso político del gobierno a esta iniciativa supone avanzar en el cumplimiento del articulo artículo 44 de la Constitución ,que establece que “Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho y promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.” y de la Declaración del parlamento europeo a favor del Conocimiento Libre:

«la adopción del enfoque de innovación abierta incrementaría la capacidad de I+D en la Unión Europa».

  • «[el Parlamento Europeo] considera que la protección de la propiedad intelectual no debe interferir con el acceso abierto a los bienes públicos ni al conocimiento público».
  • «[el Parlamento Europeo] urge a la Comisión a promover una sociedad basada en conocimiento que sea socialmente incluyente, apoyando, por ejemplo, el software libre y de código abierto, y conceptos como la General Public License (GPL) y la Public Documentation License (PDL)».
  • «[el Parlamento Europeo] llama la atención de la Comisión y de los Estados Miembros sobre los cambios recientes relacionados con la protección y diseminación de conocimiento científico, sobre el éxito de las revisiones científicas publicadas con libre acceso, y sobre la licencia “Science Commons”».
  • «[el Parlamento Europeo] destaca que un sistema integrado de patente comunitaria, basado en estándares legales democráticos deben ser parte de una estrategia de innovación en la que esencial asegurar un equilibrio entre la protección de la propiedad industrial, la diseminación de conocimiento técnico y la competencia libre y sin restricciones».
  • «[el Parlamento Europeo] subraya que el propósito de la protección que proporciona una patente es la salvaguarda de una invención, y no el control de sectores del mercado».

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Hispalinux (http://www.hispalinux.es) es la asociación de usuarios españoles de Linux, cuenta con más de 8000 socios, está inscrita en el registro de asociaciones con el número 163.270. Fue fundada el 20 de Junio de 1.997 y tiene su domicilio social y sede en C/San Blas 104, Local, 50015 Zaragoza (España), y su CIF es G81968729.

Queda dit…

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Los Derechos de los Ciudadanos y el de los Autores [HISPALINUX, 28-11-2008]

Sisplau, redifondre…
redifondre…
redifondre…
Carta Abierta al presidente Zapatero
prensa@hispalinux.
Hispalinux 28 de Nov de 2008

Los Derechos de los Ciudadanos y el de los Autores.

“(…) bajo las condiciones existentes, los capitalistas privados inevitablemente controlan, directamente o indirectamente, las fuentes principales de información (prensa, radio, educación). Es así extremadamente difícil, y de hecho en la mayoría de los casos absolutamente imposible, para el ciudadano individual obtener conclusiones objetivas y hacer un uso inteligente de sus derechos políticos.”

(Albert Einstein, ¿Por qué socialismo? Artículo publicado en Monthly Review, Nueva York, mayo de 1949).

El pronóstico de Albert Einstein fué constatado años despues en el Plan Estratégico de 1996-2001 de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO), el cual advertía que si la concentración de la información, la comunicación y el soporte técnico quedaban en pocas manos, se resentiría seriamente la democracia en el mundo.

Desgraciadamente no previno que los intentos de equiparar los derechos de autor con la propiedad (lo que ha venido llamándose “propiedad intelectual”) tendrían un efecto aún más perverso; la expropiación del conocimiento público, sufragado por toda la humanidad durante miles de generaciones y la apropiación del mismo por parte de personas que dicen tener “todos los derechos reservados” sobre su obra.

Como si no hubiera reutilizado conocimiento que a todos pertenece y del que nadie es, ni puede ser, su amo en exclusiva. Como si no hubiéramos sufragado todos, solidariamente, las estructuras que han hecho posible su aprendizaje, su bienestar y la posibilidad misma de vivir para poderla realizar.

Por otro lado la propiedad privada, en España, no es ilimitada por naturaleza, más al contrario; está sometida a la función social. El limite de la propiedad privada no es pues algo ajeno, exógeno o impuesto desde fuera sino que es algo consustancial a si misma y, por tanto, en el caso de los derechos de explotación de la obra (la mal llamada “propiedad intelectual”) el derecho universal de acceso a la cultura supone el objetivo mismo de los derechos de autor (fomentar la creación para el aprovechamiento social).

Es por eso que nuestra Constitución en su artículo 44. establece que “Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho y promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.”

Por tanto los Derechos de Autor no pueden equipararse a los Derechos Fundamentales, y menos, ser prevalentes sobre ellos.

En ningún caso la investigación, persecución o penalización de una infracción de derechos de autor puede suponer la conculcación de Derechos Fundamentales como los expresados especialmente en el artículo 18 y 20:

  • Inviolabilidad del domicilio (no se puede registrar nuestros equipos sin consentimiento u orden judicial).
  • Secreto de las comunicaciones (no se nos puede espiar o conocer los datos que intercambiamos los ciudadanos sin orden judicial).
  • Límite a la informática para preservar la intimidad familiar (no se puede hacer estimaciones estadísticas de tráfico que permitan saber nuestra actividad sin orden judicial).
  • Derecho a una comunicación libre: Que abarca nuestra Libertad de Expresión, producción y creación literaria, artística, científica, técnica y tarea docente.
  • Derecho a la información: A recibirla y emitirla con prohibición expresa de la censura previa, el secuestro administrativo y cualquier maniobra para dificultad nuestro acceso a la información y la cultura.
  • Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

Es por todo esto que la Neutralidad de Red es una obligación que deriva de los derechos fundamentales. Es decir, que los intermediarios deben mantenerse neutros y limitarse a conectar a proveedores de contenidos (sean personas físicas o jurídicas) con aquellos que deseen acceder a ellos sin jerarquizar, priorizar o penalizar dicha comunicación bajo ningún supuesto que no sea el de la voluntad del ciudadano. Y, por supuesto, garantizando el secreto de los datos y que por sus redes circulan y siendo completamente escrupulosos con la privacidad e intimidad de las personas.

Sr. Rodriguez Zapatero, por favor comuníquele a su Ministro de Cultura y a su Ministro de Industria que su gobierno está empeñado en favorecer los derechos de los ciudadanos y que si no están por la labor, que al menos respeten su promesa de acatar la Constitución Española.


Jorge Fuertes Alfranca
Presidente de Hispalinux

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http://www.hispalinux.es es la asociación de usuarios españoles de Linux, inscrita en el registro de asociaciones con el número 163.270. Fue fundada el 20 de Junio de 1.997.
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Barack Obama program: Protect the Openness of the Internet

Protect the Openness of the Internet: A key reason the Internet has been such a success is because it is the most open network in history. It needs to stay that way. Barack Obama strongly supports the principle of network neutrality to preserve the benefits of open competition on the Internet.

[http://change.gov/agenda/technology/]

I was offered a chance to discuss it with several of Obama’s campaign managers. Here’s what I concluded: First, the plan represent the most comprehensive set of policies for open government I’ve seen.

[http://venturebeat.com/2007/11/13/exclusive-barack-obama-to-name-a-chief-technology-officer/]

La música sona be i formosa, haurem d’empènyer tots per a que el discurs esdevingui mesures concretes, politiques i plans negre sobre blanc i dolars a sobre de tot.

Si la nova administració americana segueix aquest principi, declarat al seu programa electoral, anirem be. Espero que la Openess sigui ampla de mires, en el màxim d’ambits del mòn digital. Software, continguts, xarxes de telecomunicacions, coneixement…

On estaríem avui si el TCP-IP no fos un protocol obert?

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El procomú, el domini public, i el mòn digital…

Interessant reflexió:

David Bollier (2003).  El redescubrimiento del procomun. [http://biblioweb.sindominio.net/telematica/bollier.html]

El discurso imperante al hablar de Internet es el del mercado. Pero las categorías económicas son demasiado estrechas de miras para nuestras necesidades como ciudadanos y como seres humanos en el ciberestado al que estamos abocados. Tampoco consiguen entender la cantidad de sitios web, de servidores de listas, de programas de software de código abierto y de sistemas para compartir archivos entre iguales que funcionan como un procomún: sistema abierto y comunal para compartir y gestionar recursos. Resulta que esta producción entre iguales (peer to peer) muchas veces es una forma más eficiente y creativa para generar valor que el mercado, además de ser más humanista. El paradigma del procomún (commons) nos ayuda a comprender este hecho porque reconoce que la creación de valor no es una transacción económica esporádica ­­como mantiene la teoría del mercado­­ sino un proceso continuo de vida social y cultura política. ¿Cuándo reconoceremos que el procomún juega un papel vital en la producción económica y cultural de nuestros días? [+]

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Enllaçar xarxes P2P no és delicte (El Pais)

Una sentència justa, de fa un parell de mesos, que va en contra dels interessos de la indústria i a favor dels ciutadans i usuaris de Internet. La sentència a la premsa:

http://www.publico.es/152445/tema/zanjado/enlazar/redes/p2p/delito

http://www.elmundo.es/navegante/2008/09/18/tecnologia/1221749937.html

http://www.elpais.com/articulo/internet/Sentencia/firme/enlazar/redes/P2P/delito/elpeputec/20080918elpepunet_8/Tes

Article de El Pais (dret de cita):

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado hoy en sentencia firme, y por lo tanto no recurrible, que enlazar a redes P2P no es delito. El tribunal confirma una sentencia previa de un juzgado de instrucción sobre las actuaciones que se seguían contra Sharemula, una página webque suministraba enlaces a redes de intercambio de archivos.

Según informa uno de los abogados defensores del caso en su propia web, David Bravo, “la Audiencia confirma las tesis de la defensa señalando que enlazar a las redes de pares [P2P] no constituye una actividad criminal” ya que “es indiferente que se tenga o no ánimo de lucro puesto que si no hay comunicación pública ya no hay delito”.

Bravo extracta partes de la sentencia que dejan claro que enlazar no es lo mismo que alojar. Según la sentencia, Sharemule únicamente proveía enlaces; “ni aloja archivos, ni realiza directamente la descarga, limitándose a facilitar una dirección donde se puede descargar la obra”.

Así, el tribunal entiende que un enlace por sí mismo no vulnera la propiedad intelectual, sino que “constituye únicamente una forma de facilitar al usuario de Internet el acceso a otra página web“.

L’acusació particular estava formada per (los malos malísimos):

SGAE, Microsoft, PROMUSICAE, EGEDA, Columbia Tristar Home Entertainment y Cía, SRC, The Walt Disney Company Iberia, Twentieth Century Fox Home Entertainment España S.A., Warner Home Video, Lauren Films Video Hogar S.A., Manga Films S.L., Universal Pictures (Spain) S.L., Paramount Home Entertainment (Spain) S.L., Twentieth Century Fox Film Corporation, Walt Disney Enterprises Inc., Columbia Pictures Industries Inc., Tristar Pictures, Sony Pictures Classic Inc., Mandalay Entertainment, Metro Goldwin Mayer Studios Inc., Orion Pictures Corporation, Paramount Pictures Corporation, Universal City Studios y Time Warner Entertainment Company L. New Line Productions Inc.”.

Quatre arreplegats, vaja!!

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